jueves, 10 de diciembre de 2009

La clase de Elías en el Rubén Castro, año 1972
Los amigos y ex-compañeros de liceo de nuestro camarada Elías le rendirán un homenaje, el próximo 19 de diciembre 2009 en Valparaíso, a las 11 de la mañana .
Se realizará en el memorial a los Detenidos- Desaparecidos de la región, que se encuentra en la Avenida Brasil.
Para decir una vez más e incansablemente que, Elías permanece en nuestra memoria que, seguiremos exigiendo Justicia y castigo a los cupables!!.
Cuya cobardía y bajeza no les permite respondernos a: Dónde está ELÍAS?.
En el mes de Enero 2010 se cumplirá 35 años de su ausencia forzada.
Serán 35 veranos del secuestro y posterior desaparición de este joven revolucionario que, a pesar de sus 19 años ha dejado su rastro indeleble en nuestros corazones y en la memoria histórica de nuestro país.
SITUACION REPRESIVA Elías Ricardo Villar Quijón, 19 años de edad, soltero, estudiante de la Universidad de Chile de Valparaíso, militante del MIR, fue detenido el 27 de enero de 1975, alrededor del mediodía en la vía pública, por agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), los que se habían trasladado desde Santiago especialmente a la zona de Valparaíso y Viña del Mar con el fin de reprimir las actividades del MIR regional. El afectado fue llevado al Regimiento N°2 "Maipo". Horas después, a la 01:30 de la madrugada del 28 de enero, el domicilio en donde Elías Villar vivía junto a su abuela paterna (Yungay 2549), doña Hortensia Sánchez, fue allanado por tres civiles -uno de ellos portaba una metralleta- que se identificaron como pertenecientes a la DINA. Uno de los agentes era delgado y moreno; otro, rubio, delgado y joven; el tercero, de unos 50 años y moreno. Los funcionarios de la DINA registraron la pieza de la víctima, procediendo a llevarse consigo cartas personales. Cuando la señora Hortensia les preguntó por su nieto, le respondieron que Elías Ricardo se lo explicaría al volver a casa. El afectado fue ingresado en el Regimiento "Maipo", en donde fue careado casi de inmediato con Reinaldo Antonio Erick Zott. Por su parte, Hernán Horacio Brain Pizarro lo vio llegar al recinto militar como al mediodía de ese 27 de enero de 1975. Los numerosos testimonios relativos a la permanencia de Elías Villar en el "Maipo", coinciden en que, al día siguiente de su detención (28 de enero), fue subido, junto a una veintena de detenidos, en un camión frigorífico y trasladado a Santiago, en donde se le recluyó en Villa Grimaldi, recinto secreto de detención de la DINA, ubicado en Lo Arrieta 8.200, Peñalolén. También en Villa Grimaldi fue visto por testigos. Fernando Iribarren lo vio con un parche en un ojo. Villar le contó que, durante su estadía en el Regimiento "Maipo", se había pegado. Miguel Angel Montecinos estuvo con él en el sector de aislamiento denominado "La Torre". Elías Ricardo Villar permaneció en ese centro de torturas de la DINA hasta el 20 de febrero de 1975, fecha en que -con otros detenidos- fue sacado de Villa Grimaldi con destino desconocido. La detención y desaparición del afectado se inscribe en un operativo que la DINA montó en la zona de Valparaíso y Viña del Mar. Los efectivos de este organismo de seguridad tuvieron como base de operaciones el Regimiento N°2 "Maipo" de Valparaíso, y sus acciones culminaron con una veintena de detenidos, 8 desaparecidos y con la muerte de Alejandro Villalobos Díaz, "el Mickey". (Mayores antecedentes en el caso de Horacio Neftalí Carabantes Olivares). GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS El 7 de febrero de 1975, en la Corte de Apelaciones de Valparaíso, se interpuso un primer amparo por el afectado (rol 38-75), el que fue rechazado casi un año después, el 12 de diciembre de 1975, en virtud de los informes negativos de las autoridades. También en febrero de 1975, en la Corte de Apelaciones de Santiago se presentó un recurso por Elías Villar (rol 255-75), del que no hay mayores antecedentes. El 20 de diciembre de 1976, en la Corte de Apelaciones de Valparaíso se presentó un amparo por el afectado y por Abel Vilches (rol 120-76), el que, ocho días después, también fue declarado sin lugar dado que las autoridades de la época desconocieron su detención. Asimismo se interpusieron otros recursos de amparo que incluían a las 8 personas detenidas desaparecidas en enero de 1975 en Valparaíso. Durante la tramitación del recurso Rol N° 1-77 de 1977, la DINA, a través de su Director Manuel Contreras, reconoció, por primera vez, la detención del afectado. El entonces Coronel Contreras agregaba en un Oficio a la Corte el reconocimiento de la ejecución de Villalobos Díaz y la detención de los 8 de Valparaíso. En efecto decía "producto de un enfrentamiento con el segundo jefe de ese Regional del MIR Alejandro Villalobos Díaz (a) "Mickey", quien resultó muerto. A raíz de esta acción agregaba Contreras se detuvo a Neftalí Carabantes... y posteriormente al resto de los integrantes del Regional", integrado según el Director de la DINA por María Isabel Gutiérrez, Elías Villa, Abel Vilches, Carlos Rioseco, Alfredo García, Fabián Ibarra y Sonia Ríos, los que fueron dejados en libertad de inmediato mientras que Horacio Carabantes lo fue en Santiago. Con esta información la Corte Suprema en vez de investigar las evidentes contradicciones de las respuestas oficiales, resuelve confirmar la resolución de la Corte de Valparaíso, rechazando el Recurso de Amparo. En agosto de 1975 se interpuso una denuncia por presunta desgracia de Fabián Ibarra y Sonia Ríos, en el 4° Juzgado del Crimen de Valparaíso, la que fue rolada con el N°11.226. Posteriormente, la denuncia se hizo extensiva a los 6 detenidos desaparecidos restantes: Elías Ricardo Villar, Alfredo García Vega, Horacio Carabantes, Carlos Rioseco, María Isabel Gutiérrez y Abel Vilches. En septiembre de 1976, a petición de los familiares, la Corte Suprema ordenó a la Corte de Apelaciones de Valparaíso, la designación de un Ministro en Visita, René Clavería Lisboa, a fin de que continuase la investigación por el desaparecimiento de las 8 personas. En definitiva, el Ministro designado se declaró incompetente para seguir conociendo de los hechos (enero de 1977), remitiendo los antecedentes a la Justicia Militar. Después de varios recursos la causa fue radicada en la Fiscalía Militar de Valparaíso y fue ingresada con el Rol N° 230-77. Dicha causa fue sobreseída total y definitivamente en noviembre de 1983 por aplicación del DL 2.191 de 1978 (Ley de Amnistía). Seis años después la Corte Marcial confirmó el fallo y nuevamente se apeló la resolución; la causa se encuentra a la espera del fallo de la Corte Suprema (1992). (Mayores antecedentes en el caso de Horacio Neftalí Carabantes Olivares).