viernes, 23 de mayo de 2008

Mario Eduardo Calderón Tapia Material de Memoria Viva.

MARIO EDUARDO CALDERON TAPIA
Fuente:
http://www.memoriaviva.com/desaparecidos/d-c/cal-tap.htm
Rut : 440.841 de Valparaíso F.Nacim. : 23 05 43, 31 años a la fecha de su detención Domicilio : Dardignac 89, Santiago E.Civil : Soltero Actividad : Periodista C.Repres. : Ex presidente de la Federación de Estudiantes de la U.de Chile de Valparaíso. Militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria, MIR F.Detenc. : 25 de septiembre de 1974 Mario Eduardo Calderón Tapia, soltero, periodista, ex-dirigente estudiantil, militante del MIR, fue detenido por la DINA el 25 de septiembre de 1974, alrededor de las 09:30 horas en la vía pública, entre las calles Bandera y Catedral.
Ese mismo día, alrededor de las 20 horas, civiles que se identificaron como pertenecientes al Servicio de Inteligencia Nacional allanaron el inmueble de calle Dardignac 89, en donde arrendaba una pieza bajo el nombre de Víctor Rodríguez; los civiles manifestaron a la dueña de la Residencial, doña Dolores Galdames Chacón, que se encontraba detenido en un lugar que no podían indicar, y que en el SENDET le podrían dar noticias acerca de su situación.
Luego de ser detenido fue trasladado al recinto de José Domingo Cañas en donde fue interrogado y torturado. Con posterioridad se le vio en Villa Grimaldi y en 4 Alamos, desde donde desapareció alrededor de la segunda semana de noviembre de 1974. Doña Dolores Galdames, propietaria del inmueble ya individualizado, señaló al ser entrevistada por Policía de Investigaciones, que diligenció una orden de investigar emanada del respectivo proceso judicial, que en la segunda quincena de septiembre de 1974, llegaron hasta su casa dos individuos que le mostraron un documento plastificado proveniente del Servicio de Inteligencia, quienes manifestaron que por orden superior debían allanar la casa, lo que efectivamente hicieron, registrando todas las dependencias y, desde la pieza que arrendaba una persona ?a quien conocía por el nombre de Víctor Rodríguez? sacaron la totalidad de las cosas, consistente en prendas de vestir y dos o tres maletas, las que se llevaron consigo. Ella dice desconocer si Víctor Rodríguez corresponde a la misma persona llamada Mario Calderón Tapia. Acerca de su estadía en José Domingo Cañas, dan cuenta los testimonios de personas sobrevivientes a su detención por la DINA. Doña Rosalía Amparo Martínez Cereceda, expone haber sido detenida por la DINA el 23 de septiembre de 1974 y trasladada a la casa de José Domingo Cañas, en donde se percató de la presencia de otros prisioneros, entre ellos, uno que llamaban "el Negro de Coquimbo", de apellido Calderón, quien fue ingresado a su pieza por un breve momento; trabajaba con Lumi Videla (asesinada por la DINA y luego su cuerpo lanzado a la Embajada de Italia), su detención fue en la calle.
Fue intensamente torturado. Contaron posteriormente los agentes que Calderón, en uno de los interrogatorios, les había entregado un punto en donde debía encontrarse con otra persona, que lo habían sacado al lugar del contacto y que Calderón se les había arrancado, ingresando a una Iglesia en donde fue recapturado y trasladado nuevamente a José Domingo Cañas, siendo nuevamente torturado. Fue la propia Lumi Videla, que también se encontraba detenida en ese lugar, quien le contó que Calderón trabajaba con ella. Don Edmundo Lebrecht, detenido el 30 de septiembre de 1974 y trasladado a ese recinto, expone en su testimonio haber visto y hablado con Mario Calderón Tapia en ese lugar. Don Cristián Esteban Van Yurick Altamirano, detenido por la DINA el 12 de julio de 1974, expone en su testimonio haber sido recluido en Londres 38, Villa Grimaldi, 4 Alamos y José Domingo Cañas. A este último recinto era llevado desde 4 Alamos para ser interrogado y torturado. En una de estas sesiones, vio a Mario Calderón Tapia quien se quejaba mucho. Otros prisioneros sobrevivientes de la DINA, dan cuenta del paso del afectado por el recinto de 4 Alamos. Don Helios Figuerola Pujol, español, indica en su declaración haber sido detenido el 24 de septiembre por agentes de la DINA, que el día anterior habían arrestado a su madre con el fin de que se entregara, siendo trasladado a un recinto que él piensa pueda tratarse de Villa Grimaldi, en donde fue interrogado y torturado. El 30 de septiembre fue trasladado a 4 Alamos en donde permaneció hasta el 20 de noviembre de ese año. Entre el 4 y el 9 de octubre de 1974 llegó a su celda Mario Calderón Tapia acompañado de otros dos detenidos, de nombres José Jara Castro y Aldo Pérez (los dos, al igual que la víctima son detenidos?desaparecidos). Calderón Tapia llegó extenuado, su ojo izquierdo mostraba un hematoma y sus testículos marcas de quemaduras a consecuencias de aplicación de electricidad. El propio Calderón le contó que fue detenido, tras una persecución, por un grupo de agentes dirigidos por el "Guatón Romo" (Osvaldo Romo Mena) y el "Muñeco" entre las calles Catedral y Bandera, siendo de inmediato trasladado a José Domingo Cañas en donde fue torturado por sus aprehensores. Compartieron la misma celda hasta la madrugada de un día de la segunda semana de noviembre de 1974, fecha en que fue sacado junto a José Jara Castro y Aldo Pérez. Por su parte, don Raúl Alberto Iturra Muñoz, expone en su testimonio haber sido detenido el 4 de enero de 1974, y que luego de haber permanecido en Londres 38, Tejas Verdes, Cárcel de San Antonio, fue trasladado a 4 Alamos, en donde se percató de la presencia de Mario Eduardo Calderón Tapia. Finalmente, doña Juana Martínez Torreblanca, expone en declaración jurada haber sido detenida el 20 de agosto de 1975 junto a Susana Calderón Tapia, hermana del afectado, y que luego de pasar por varios recintos de detención fueron trasladadas a 3 Alamos, cuyo pabellón de incomunicados es conocido como 4 Alamos. Allí, Susana Calderón ocupó un camarote en cuya muralla cercana había una leyenda que decía "por aquí pasó el negro Calderón", junto a una consigna del MIR y una fecha de unos tres meses antes. Susana Calderón fue expulsada del país en noviembre de 1975. Paralelamente a su detención y reclusión en recintos de la DINA, Calderón Tapia se encontraba procesado en Valparaíso, junto a otros militantes del MIR ?algunos de ellos son detenidos desaparecidos? en la causa A?637 de Consejo de Guerra de la Armada, por denuncia del jefe militar de la Zona de Estado de Sitio de Valparaíso, y en la cual, el 29 de marzo de 1976, en calidad de inculpado rebelde se suspendió la tramitación de la causa hasta su presentación o aprehensión. En la misma situación quedaron los otros inculpados, que como Calderón Tapia, son detenidos desaparecidos. Su nombre figuró en una nómina de 119 chilenos que habrían fallecido en el extranjero en manos de sus propios compañeros de Partido o en enfrentamientos con las Fuerzas Armadas argentinas. Dichas nóminas fueron publicadas por las revistas LEA de Argentina y O'DIA de Brasil, las cuales publicaron un sólo número ?sin editor responsable? y cuyas direcciones como pie de imprenta resultaron ser falsas. Con respecto a esta situación, y en relación a la investigación del Ministro Bañados acerca del caso del asesinato de Orlando Letelier, han trascendido a la prensa las declaraciones de Mariana Callejas, en la cual expone que el caso de "los 119" se conoció como el "Plan Colombo" y que su cónyuge, Michael Townley recibió alrededor de 100 cédulas de identidad correspondientes a prisioneros de la DINA y que posteriormente figuraron en dichas listas. El 24 de octubre de 1983, en virtud del decreto exento N°4393 firmado por el Ministro del Interior, don Sergio Onofre Jarpa, se le prohibió su ingreso a territorio nacional, situación que generó muchas expectaciones a la familia pero finalmente se concluyó que era un error. Su madre, doña Alicia Tapia López, que en 1979 fuera presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos de Valparaíso, fue objeto la noche del 9 de julio de 1979, de un atentado homicida por parte de civiles, que en tres ocasiones la intentaron atropellar con un automóvil de color azul mientras transitaba por una calle ubicada en Cerro Barón, Valparaíso, en donde tiene su domicilio. GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS El 16 de octubre de 1974 se presentó recurso de amparo en su favor ante la Corte de Apelaciones de Santiago, rol 1268?74, en el cual se requirió informes a los Ministros del Interior y de Defensa, acerca del paradero del afectado, y cuyas respuestas resultaron negativas. En vista de ello, y siempre para mejor resolver, la Corte solicitó informes al Jefe de Zona en Estado de Sitio y al Comandante en Jefe del Comando de Aviación de Combate, cuyas respuestas también fueron negativas. Entonces, el Tribunal acordó oficiar a la Dirección de Inteligencia Nacional, a fin que informara en forma correcta y directa si el amparado está o ha estado detenido por esa Dirección. El 4 de marzo de 1975, la Dirección de Inteligencia del Ejército respondió que esa Dirección no ha efectuado la detención de la persona aludida. Con el mérito de estos antecedentes negativos, el 11 de marzo de 1975 se rechazó el recurso de amparo a la vez que se remitieron las compulsas pertinentes al 3er. Juzgado del Crimen a fin de instruir proceso por el desaparecimiento del amparado. El 20 de marzo, el 3er. Juzgado del Crimen de Santiago dio inicio a la causa rol 117.786, emitiendo una orden de investigar al Servicio de Investigaciones, en la cual se entrevistó a doña Dolores Galdames Chacón, cuyos dichos ya fueron expuestos, además se consultó al SENDET en donde no aparecen registrados como detenidos los nombres de Mario Calderón Tapia y de Víctor Rodríguez. Con esta sola diligencia, el 29 de abril de 1975, la Jueza doña María Antonieta Gutiérrez sobreseyó temporalmente la causa con el fundamento de que no se encuentra acreditado en autos la existencia de un delito determinado. La resolución fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago, pese a que no hay constancia en el proceso de que haya comparecido la testigo Dolores Galdames Chacón, a fin que ratificara sus dichos y el Tribunal pudiera establecer que Mario Calderón Tapia y Víctor Rodríguez son una misma persona. El 14 de mayo de 1975, se presentó denuncia de presunta desgracia ante el Segundo Juzgado del Crimen de Santiago, rol 83.461, en la cual se solicita al Tribunal se constituya en Villa Grimaldi. El Juez rechazó dicha petición, pero ordenó a la Policía de Investigaciones constatar si en ese lugar se encuentra detenido el ofendido. El 23 de mayo de 1975, Policía de Investigaciones informó al Tribunal que el lugar indicado corresponde a dependencias de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) y que no existen allí, ni detenidos, ni prisioneros. Por otra parte la DINA, al responder un requerimiento del Tribunal, informó que dicha información había que solicitarla al Ministerio del Interior o al SENDET y que ese organismo no posee ningún tipo de antecedentes al respecto. Asimismo, esa Secretaría de Estado y la Secretaría Ejecutiva Nacional de Detenidos (SENDET) informaron no registrar como detenido al afectado; y las averiguaciones de parte de Investigaciones en el Instituto Médico Legal no dieron resultado alguno. El 29 de octubre de 1975, la causa fue sobreseída temporalmente con el fundamento de que no se encuentra establecido en autos la perpetración de un delito en los hechos denunciados, resolución que fue aprobada por la Corte de Apelaciones de Santiago, acogiendo la opinión en tal sentido del Fiscal de la Corte. Este último, luego de realizar un resumen de todo lo obrado, concluye que a la madre del desaparecido no se le puede entregar antecedentes de convicción acerca de la suerte de su hijo; "los Tribunales no están en situación de entregar una respuesta". Uno de los agentes aprehensores de Mario Calderón Tapia, Osvaldo Romo Mena, fue detenido en noviembre de 1992, a consecuencia de ser expulsado de Brasil, país donde residía bajo el nombre falso de Osvaldo Andrés Henríquez Mena. Su ubicación fue el resultado de una serie de diligencias decretadas por el 3er. Juzgado del Crimen, en la causa por el desaparecimiento de Alfonso Chanfreau Oyarce. Durante 17 años Romo evadió la justicia, abandonó el país a finales de 1975 por instrucciones de la DINA, institución que, además, le proveyó de medios como documentos de identidad falsa para él y su grupo familiar. A diciembre de 1992, Romo había declarado en varios Tribunales y en 6 causas de detenidos desaparecidos había sido encargado reo. Se espera que sus declaraciones ayuden a esclarecer otros casos de detenidos desaparecidos, entre ellos el de Mario Calderón Tapia.

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